La madeja legal en torno a las descargas se complica. La Audiencia Provincial de Barcelona ha condenado al titular de la web Elrincondejesus, Jesús Guerra Calderón, a indemnizar a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) con 2.041 euros en compensación por las cantidades dejadas de percibir por "facilitar la descarga directa de obras musicales de su repertorio" con enlaces a servidores como Megaupload. Asimismo, insta a la web a que retire los enlaces y le impone el pago adicional a SGAE de 1.546 euros por los gastos de investigación.
"El demandado, al permitir desde su página web la descarga directa, lleva a cabo una puesta a disposición del público y en concreto del que visita la página y solicita la descarga de las obras afectadas [...] ", dice la sentencia. Y añade que, en la medida que esa operación se realiza desde la web del demandado, "puede concluirse que es este quien lleva a cabo la puesta a disposición del público de las obras, al margen de si ha sido él u otro quien las haya colgado en la Red".
La sentencia va en sentido contrario del resto de los casos que se han visto en los juzgados contra las páginas de enlaces (como el caso Sharemula), que han venido estimando que ofrecer enlaces hacia los sitios de almacenamiento como Megaupload o Rapidshare, desde donde los usuarios se descargan los archivos como películas o música, no viola la Ley de Propiedad Intelectual (LPI).
El fallo de la Audiencia, del pasado 24 de febrero, estima parcialmente el recurso presentado por la SGAE contra la sentencia de 9 de marzo del año pasado de un juzgado de Barcelona, que absolvía a la web de todos los cargos. En este caso, la Audiencia sigue considerando que los enlaces a redes p2p como eMule no infringen la LPI al no considerarse comunicación pública. Y aunque sí estima comunicación pública el streaming (audición online de la obra), no entra a valorar la infracción al no haber sido denunciada por la SGAE. Los abogados de Jesús Guerra han anunciado un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
"El demandado, al permitir desde su página web la descarga directa, lleva a cabo una puesta a disposición del público y en concreto del que visita la página y solicita la descarga de las obras afectadas [...] ", dice la sentencia. Y añade que, en la medida que esa operación se realiza desde la web del demandado, "puede concluirse que es este quien lleva a cabo la puesta a disposición del público de las obras, al margen de si ha sido él u otro quien las haya colgado en la Red".
La sentencia va en sentido contrario del resto de los casos que se han visto en los juzgados contra las páginas de enlaces (como el caso Sharemula), que han venido estimando que ofrecer enlaces hacia los sitios de almacenamiento como Megaupload o Rapidshare, desde donde los usuarios se descargan los archivos como películas o música, no viola la Ley de Propiedad Intelectual (LPI).
El fallo de la Audiencia, del pasado 24 de febrero, estima parcialmente el recurso presentado por la SGAE contra la sentencia de 9 de marzo del año pasado de un juzgado de Barcelona, que absolvía a la web de todos los cargos. En este caso, la Audiencia sigue considerando que los enlaces a redes p2p como eMule no infringen la LPI al no considerarse comunicación pública. Y aunque sí estima comunicación pública el streaming (audición online de la obra), no entra a valorar la infracción al no haber sido denunciada por la SGAE. Los abogados de Jesús Guerra han anunciado un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Fuente: elpais.com
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